Elegibilidad

Descripción General de Elegibilidad

Los Jubilados con 10 Créditos completos de Elegibilidad basados ​​en sus Horas de Trabajo o Servicio Militar Calificado que hayan trabajado por lo menos 300 horas en un empleo cubierto en cada uno de los 2 años anteriores a la Jubilación y que hayan trabajado por lo menos 400 horas en un empleo cubierto en 3 de los últimos 5 años antes de la Jubilación pueden ser elegibles para inscribirse en los beneficios de Salud y Bienestar para los Jubilados.

Descripción Sumaria del Plan (Jubilados)

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Dependientes

Visión de conjunto

Si elige la cobertura para usted, también es elegible para la cobertura médica, dental y de visión para sus Dependientes elegibles en el día en que usted es elegible para su propia cobertura o en el día en que usted adquiera un Dependiente elegible, ya sea por matrimonio, nacimiento, adopción o colocación para adopción, pero solo si ha presentado un formulario de inscripción completado que puede obtener en la Oficina del Fondo Fiduciario y siempre que la Oficina del Fondo Fiduciario reciba la prueba requerida del Plan sobre el estatus de Dependiente.

Un Dependiente no puede estar inscrito para la cobertura a menos que el Participante también esté inscrito.  El Plan requerirá documentación específica para justificar el estatus de Dependiente. Un Dependiente elegible incluye a su cónyuge legal o Pareja Doméstica que Califique, y sus Hijos Dependientes.

Consulte a continuación para obtener más información sobre las Parejas Domésticas que Califiquen y los Hijos Dependientes.

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Médico

Descripción General

Los Jubilados que Califican tienen la opción de inscribirse en el Plan PPO de Indemnity o Kaiser (siempre y cuando el Jubilado viva dentro del área de servicio de Kaiser).  Ambas opciones incluyen beneficios médicos, de recetas médicas y de visión.  Los Jubilados deben pagar una parte del costo de la cobertura, que por lo general se realiza mediante una deducción de su beneficio de Pensión. Además, cualquier Jubilado puede inscribirse en una de las dos opciones dentales proporcionadas a través de Delta Dental.  Las primas por la cobertura dental se deducirán de su beneficio de Pensión.

Descripción Sumaria del Plan (Jubilados)

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Beneficios Dentales

Descripción General

Los beneficios dentales están disponibles a través de un programa dental voluntario para Jubilados proporcionado por Delta Dental. El plan dental requiere una inscripción por separado, el pago de las primas correspondientes al costo total de la cobertura y tiene normas por separado sobre la elegibilidad y terminación. Usted puede inscribirse en los beneficios médicos sin tener que inscribirse en el plan dental.

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Beneficios de Visión

Descripción General

Los beneficios que se describen a continuación están disponibles para los Participantes y Dependientes elegibles del Plan Médico de Indemnity.

Usted paga el Copago, independientemente de si utiliza un Médico Miembro de VSP o un proveedor que no está registrado con VSP. El Copago del examen de $10 se paga una sola vez cada año, para el primer servicio que reciba cada año (a menos que califique para el beneficio de baja visión, el cual tiene Copagos adicionales).

Para encontrar un proveedor de VSP, comuníquese con VSP al (800) 877-7195 o visite es.vsp.com.

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Medicamentos Recetados

Visión de conjunto

El Plan de Medicamentos Recetados está administrado por el Administrador de Beneficios de Farmacia (PBM) del Fondo. El PBM utiliza una variedad de herramientas para proporcionar acceso seguro a los medicamentos recetados aprobados. Además de una lista aprobada de medicamentos, conocida como formulario, el PBM realiza otras ediciones que pueden incluir, pero no se limitan a: Autorización previa para determinadas terapias, ediciones de terapias por paso que requieren el uso de medicamentos recetados probados y comprobados antes de la aprobación de nuevos medicamentos más costosos, la frecuencia y los límites de dosificación, la asignación de reabastecimiento en farmacia que guía a los participantes al método de entrega de pedidos por correo, y las pruebas de Genética y/o de Eficacia. Las recetas presentadas que no cumplan con las reglas del PBM serán rechazadas. Además, el PBM supervisa activamente para detectar fraude, derroche y abuso que sí ocurren, e interviene para solucionar dichos eventos.

El Plan proporciona un programa de farmacia tradicional y una opción de pedidos por correo para sus necesidades de medicamentos recetados. Cuando necesite un medicamento por un corto período - un antibiótico, por ejemplo - es mejor elegir el programa de farmacia tradicional. Si usted está tomando un medicamento a largo plazo, es generalmente menos costoso y más práctico reabastecerlo a través del programa de pedido por correo.

Descripción Sumaria del Plan (Jubilados)

Express Scripts

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Tarifas de Auto-Pago

Descripción General

Los jubilados son responsables de hacer un pago personal de una porción del costo de sus beneficios de salud y son responsables de pagar toda la prima de los beneficios dentales. El pago personal para la cobertura de Salud y Bienestar y las primas dentales por lo general se deducirán del monto del beneficio de Pensión del Jubilado. Si el beneficio de Pensión no es suficiente para cubrir el monto del pago personal para la cobertura de Salud y Bienestar, los Jubilados deben realizar un pago mensual por cheque para continuar con la cobertura. Si los beneficios de Pensión no son suficientes para cubrir el monto de las primas dentales, la inscripción en el plan dental no es posible.

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CancerNavigator

Supporting cancer patients in their hour of need.

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Salud y Bienestar para Jubilados

Requisitos

Usted es elegible para los beneficios de salud y bienestar si cumple con cada uno de los siguientes 5 requisitos:

  1. Debe recibir los beneficios de pensión del Carpenters Pension Trust Fund for Northern California o un plan relacionado que se base en 10 o más años de crédito de elegibilidad, sobre la base de Horas de Trabajo o Servicio Militar Calificado. Puede utilizar las horas de calificación de cualquiera de los siguientes planes para satisfacer el requisito de 10 años de crédito de elegibilidad:
      • Carpenters Pension Trust for Northern California
      • Carpenters Fund Administration Office Staff Plan
      • Cualquier Plan de Lathers fusionado en el Carpenters Pension Trust Fund for Northern California
      • OPEIU Local 3 o 29 (si el servicio fue con un Empleador Contribuyente)
      • Industrial Carpenters Pension Plan
      • Cualquier Plan de Pensión cuando sea requerido por un Acuerdo de Negociación Colectiva y/o Memorando de Entendimiento negociado por la Carpenters 46 Northern California Counties Conference Board y/o cualquiera de sus filiales
  2. En cada uno de los 2 años calendario inmediatamente anteriores al año en que se produjo la fecha de vigencia de su pensión, usted trabajó al menos 300 horas de empleo cubierto para un Empleador contribuyente, tiempo durante el cual las contribuciones se debían pagar en el Plan A, Plan B, o Plan R de los Empleados Activos.

    A efectos de la anterior disposición de 300 horas, usted puede contar las horas trabajadas en el año de jubilación aun cuando no trabaje un año calendario completo. También puede contar las horas de crédito por discapacidad otorgado según las disposiciones del Plan de los Empleados activos, las horas de crédito por discapacidad otorgado según las disposiciones del Carpenters Pension Trust Fund for Northern California, y las horas trabajadas para un Empleador Contribuyente en el Southwest Carpenters Health and Welfare Plan.

  3. En 3 de los últimos 5 años calendario inmediatamente anteriores al año en que se produjo la fecha de vigencia de su pensión, usted trabajó al menos 400 horas por año de empleo cubierto para un Empleador Contribuyente, tiempo durante el cual las contribuciones se debían pagar en el Plan A, Plan B, o Plan R de los Empleados Activos. A efectos de este requisito de 400 horas, usted puede contar las horas trabajadas en el año de jubilación aun cuando no trabaje un año calendario completo. Las horas de crédito por discapacidad no se pueden utilizar para satisfacer este requisito.

  4. Usted no participó en ninguna de las horas de trabajo por salarios o ganancias en el Sector de la construcción para una entidad que no era un Empleador Contribuyente al Plan de los Empleados Activos, o no era un Empleador Contribuyente a un plan relacionado que ha firmado el Convenio de Reciprocidad Internacional para los Carpenters Health and Welfare Funds (incluyendo el empleo por cuenta propia) durante el año calendario en que se produjo la fecha de vigencia de su pensión, y en cada uno de los dos años calendario inmediatamente anteriores.

  5. Usted hace los auto-pagos requeridos en la forma y manera designadas por la Junta de Fideicomisarios. Sus Dependientes elegibles serán inscritos en el mismo plan que elija para usted. Si tiene créditos de elegibilidad recíprocos del Southwest Carpenters Pension Trust, consulte también la sección de "Reciprocidad con el Southwest Carpenters Health and Welfare Trust" en la página 17 de la Descripción Sumaria del Plan.

Cuándo Comienza la Participación

Si usted es un Jubilado que cumple con los requisitos mencionados anteriormente, su participación en este Plan comenzará el primer día del cuarto mes siguiente a su fecha de jubilación o el primer día del mes siguiente al agotamiento de la elegibilidad proporcionado por su Banco de Horas según el Plan de los Empleados Activos, el que sea primero.

Por ejemplo: Si se jubiló el 1 de marzo y tenía un saldo en el Banco de Horas Activo de 600 horas (6 meses de elegibilidad futura), su cobertura de Jubilado comenzaría el 1 de junio. (El 1 de junio sería el primer día del cuarto mes siguiente a su fecha de jubilación y sería anterior al final de los 6 meses de elegibilidad proporcionados por su Banco de Horas Activo).

Si se jubiló el 1 de marzo y tenía un saldo en el Banco de Horas Activo de 200 horas (2 meses de elegibilidad futura), su cobertura de Jubilado comenzaría el 1 de mayo. (El final de los 2 meses de elegibilidad proporcionados por su Banco de Horas Activo sería antes del primer día del cuarto mes siguiente a su fecha de jubilación).

Dependientes

Si elige la cobertura para usted, también es elegible para la cobertura médica, dental y de visión para sus Dependientes elegibles en el día en que usted es elegible para su propia cobertura o en el día en que usted adquiera un Dependiente elegible, ya sea por matrimonio, nacimiento, adopción o colocación para adopción, pero solo si ha presentado un formulario de inscripción completado que puede obtener en la Oficina del Fondo Fiduciario y siempre que la Oficina del Fondo Fiduciario reciba la prueba requerida del Plan sobre el estatus de Dependiente.

Un Dependiente no puede estar inscrito para la cobertura a menos que el Participante también esté inscrito. El Plan requerirá documentación específica para justificar el estatus de Dependiente. Un Dependiente elegible incluye a su cónyuge legal o Pareja Doméstica que Califique, y sus Hijos Dependientes.

Consulte a continuación para obtener más información sobre las Parejas Domésticas que Califiquen y los Hijos Dependientes.

Agregar o Eliminar Dependientes

Agregar Dependientes requiere completar un nuevo Formulario de Inscripción y presentar la documentación requerida, tal como se describe a continuación.

Excepto cuando se agrega a una Pareja Doméstica y sus hijos dependientes, no hay ningún cargo adicional para un Participante Activo por agregar un dependiente elegible. Los jubilados estarán sujetos a un aumento de la prima cuando agreguen dependientes a su cobertura.

Al agregar o eliminar un dependiente, la documentación requerida es la siguiente:

  • Agregar un(a) Cónyuge: Proporcione una fotocopia legible de su Acta Certificada de Matrimonio.
  • Agregar una Pareja Doméstica (Conviviente): Complete un Paquete de Pareja Doméstica.
  • Eliminar un(a) Cónyuge: Proporcione una copia de su decreto de divorcio definitivo incluyendo el Acuerdo de Resolución Matrimonial.
  • Inscripción inicial de sus hijos dependientes, hijastros o hijos de la Pareja Doméstica: Proporcione una fotocopia legible de su Certificado de Nacimiento.
  • Agregar Niños Adoptados: Proporcione una copia de los documentos de adopción.
  • Agregar Niños de quienes usted sea su tutor legal: Proporcione una copia de los documentos de tutela legal presentados.
  • Si su hijo(a) dependiente tiene 19 años o más y está inscrito(a) en Medicare DEBE presentar una fotocopia de la tarjeta de Medicare de su dependiente.

Hijos Dependientes

Se considera que un hijo(a) es Dependiente si él o ella es alguno de los siguientes:

  1. Un hijo natural, hijastro, hijo legalmente adoptado, o un hijo que requiere cobertura según una Orden de Manutención Médica para Menores Calificada o una Orden de Manutención Médica Nacional, que sea menor de 26 años de edad, casado(a) o soltero(a). Los hijos adoptados son elegibles según el Plan cuando son colocados para su adopción;
  2. Un hijo(a) soltero(a) para quien usted ha sido nombrado como su tutor legal, siempre y cuando el hijo(a) es menor de 19 años de edad y es considerado(a) como su dependiente para efectos del impuesto sobre la renta federal;
  3. Un hijo(a) soltero(a) de su Pareja Doméstica que califique, siempre y cuando el hijo(a) es menor de 19 años de edad y depende principalmente de usted para su manutención financiera;
  4. Un hijo(a) soltero(a) elegible según el párrafo (2) o (3) anterior que tenga al menos 19 años, pero menos de 23 años de edad y sea un(a) estudiante de tiempo completo en una institución educativa acreditada, siempre que el hijo(a) satisfaga los requisitos del párrafo (2) o (3) anterior; o
  5. Un hijo(a) soltero(a) de usted o de su Cónyuge o Pareja Doméstica que Califique de cualquier edad que no pueda ganarse la vida debido a una discapacidad física o mental, siempre que el hijo(a) esté discapacitado(a) y sea elegible como Dependiente según este Plan antes de alcanzar el límite de edad descrito en los escenarios anteriores, y siempre que el hijo(a) dependa principalmente del Participante para su manutención financiera.

Parejas Domésticas que Califiquen

El término "Pareja Doméstica que Califique" significa una persona que vive con el Participante en la misma residencia, tiene al menos 18 años de edad y cuya relación con el Participante cumple con los siguientes requisitos:

  • La Pareja Doméstica y el Participante tienen una relación íntima de compromiso y cuidado mutuo durante un período de al menos 6 meses y son la única Pareja Doméstica de cada uno;
  • La Pareja Doméstica y el Participante comparten la responsabilidad conjunta de su bienestar común y obligaciones financieras y pueden presentar la prueba de esa relación según lo requiere la Junta de Fideicomisarios;
  • Ni la Pareja Doméstica ni el Participante está casado(a);
  • La Pareja Doméstica y el Participante son competentes para firmar contratos;
  • La Pareja Doméstica y el Participante no están relacionados por sangre más cerca de lo que prohibiría el matrimonio legal en el Estado de California;

Cualquier convivencia con otra Pareja Doméstica anterior por parte de cualquiera de las personas se ha terminado por lo menos 6 meses antes de la fecha de la firma de la declaración final de Pareja Doméstica con la Oficina del Fondo Fiduciario; y

La solicitud de Pareja Doméstica con el Participante se realiza de manera apropiada según lo requerido por la Junta de Fideicomisarios.

Plan de Indemnity - Beneficios de visión

Los beneficios que se describen a continuación están disponibles para los Participantes y Dependientes elegibles del Plan Médico de Indemnity.

Usted paga el Copago, independientemente de si utiliza un Médico Miembro de VSP o un proveedor que no está registrado con VSP. El Copago del examen de $10 se paga una sola vez cada año, para el primer servicio que reciba cada año (a menos que califique para el beneficio de baja visión, el cual tiene Copagos adicionales).

Para encontrar un proveedor de VSP, comuníquese con VSP al (800) 877-7195 o visite www.vsp.com y utilice la opción de "Encuentre un Médico".

Anexo de Beneficios

Beneficios de Visión Médico Miembro de VSP Proveedor no Registrado con VSP
Copagos $10 para Examen
$25 para Materiales (Anteojos con Receta y de Seguridad)
Examen de Visión – Limitado a una vez cada 12 meses El Plan paga el 100%, hasta las tarifas de contrato del proveedor de la red El Plan paga hasta $40
Lentes – Limitado a una vez cada 12 meses El Plan paga el 100%, hasta las tarifas de contrato del proveedor de la red El Plan paga hasta:
$40 para Monofocales
$60 para Bifocales con Revestimiento
$80 Trifocales con Revestimiento
$100 para Lenticulares
$5 para Tonos
Monturas – Limitado a una vez cada 24 meses El Plan paga el hasta $150 de asignación en tienda El Plan paga hasta $45
Lentes de seguridad solo para el Participante; limitado a una vez cada 12 meses El Plan paga el 100%, hasta las tarifas de contrato del proveedor de la red El Plan paga hasta:
$35 para Monofocales
$45 para Bifocales con Revestimiento
$60 Trifocales con Revestimiento
$90 para Lenticulares
$45 para Progresivos
Monturas de seguridad solo para el Participante; limitado a una vez cada 24 meses El Plan paga el hasta $150 de asignación en tienda El Plan paga hasta $25
Lentes de Contacto Necesarios – Limitado a una vez cada 12 meses (en lugar de lentes y monturas) Cubierto en su totalidad, hasta las tarifas de contrato del proveedor de la red El Plan paga hasta $210
Lentes de Contacto Electivos – Limitado a una vez cada 12 meses (en lugar de lentes y monturas) El Plan paga hasta $105 para los lentes de contacto y el examen de evaluación y ajuste El Plan paga hasta $105 para el examen y lentes

Beneficios Dentales para Jubilados

Los beneficios dentales están disponibles a través de un programa dental voluntario para Jubilados proporcionado por Delta Dental. El plan dental requiere una inscripción por separado, el pago de las primas correspondientes al costo total de la cobertura y tiene normas por separado sobre la elegibilidad y terminación. Usted puede inscribirse en los beneficios médicos sin tener que inscribirse en el plan dental.

La Decisión es Suya

Cuando se trata de la salud dental, usted desea que los beneficios le proporcionen el mejor equilibrio entre el valor y la cobertura. Delta Dental PPO y DeltaCare® USA ofrecen una cobertura dental completa, cuidado de calidad y excelente servicio al cliente. Cada plan tiene sus propias ventajas.

Delta Dental PPO

El plan PPO le da la libertad de elegir cualquier dentista, y la oportunidad de obtener ahorros significativos en los costos de su tratamiento cuando visita un dentista parte de la red PPO.

DeltaCare® USA

Con un plan de DeltaCare USA, cuando recibe un tratamiento de su dentista asignado, tendrá la confianza de saber que su copago es para los procedimientos cubiertos antes de su visita.

Beneficios de Medicamentos Recetados del Plan de Indemnity para Jubilados

El Plan de Medicamentos Recetados está administrado por el Administrador de Beneficios de Farmacia (PBM) del Fondo. El PBM utiliza una variedad de herramientas para proporcionar acceso seguro a los medicamentos recetados aprobados. Además de una lista aprobada de medicamentos, conocida como formulario, el PBM realiza otras ediciones que pueden incluir, pero no se limitan a: Autorización previa para determinadas terapias, ediciones de terapias por paso que requieren el uso de medicamentos recetados probados y comprobados antes de la aprobación de nuevos medicamentos más costosos, la frecuencia y los límites de dosificación, la asignación de reabastecimiento en farmacia que guía a los participantes al método de entrega de pedidos por correo, y las pruebas de Genética y/o de Eficacia. Las recetas presentadas que no cumplan con las reglas del PBM serán rechazadas. Además, el PBM supervisa activamente para detectar fraude, derroche y abuso que sí ocurren, e interviene para solucionar dichos eventos.

El Plan proporciona un programa de farmacia tradicional y una opción de pedidos por correo para sus necesidades de medicamentos recetados. Cuando necesite un medicamento por un corto período - un antibiótico, por ejemplo - es mejor elegir el programa de farmacia tradicional. Si usted está tomando un medicamento a largo plazo, es generalmente menos costoso y más práctico reabastecerlo a través del programa de pedido por correo.

Copagos para Jubilados Elegibles que no están en Medicare

Categoría de Medicamentos Farmacia tradicional  
(hasta 30 días de suministro)
Pedido por correo 
(hasta 90 días de suministro)
Medicamentos Genéricos del Formulario $15 $26
Medicamentos de Marca Medicamentos de Marca del Formulario $53

De Marca de Múltiples Fuentes $15, más la diferencia de precio entre el medicamento genérico y el de marca

De Marca que no está en el Formulario $80
Medicamentos de Marca del Formulario $106

De Marca de Múltiples Fuentes $26, más la diferencia de precio entre el medicamento genérico y el de marca

De Marca que no está en el Formulario $133
Medicamentos de Especialidad No Disponible Sujeto a Copagos en farmacia y limitado a un suministro de 30 días.
Nuevos Medicamentos Aprobados por la FDA 50% de copago por un mínimo de 24 meses después de que el medicamento ha sido aprobado.

Copagos para Jubilados Elegibles que están en Medicare

Copagos para Jubilados Elegibles que están en Medicare: Sus copagos de medicamentos después de un deducible de medicamentos de $360 por persona, por año calendario sobre medicamentos cubiertos son los siguientes:

Categoría de Medicamentos Farmacia tradicional  
(hasta 30 días de suministro)
Pedido por correo 
(hasta 90 días de suministro)
Medicamentos Genéricos del Formulario $10 $20
Medicamentos de Marca De Marca del Formulario $40

De Marca que no está en el Formulario $60
De Marca del Formulario $80

De Marca que no está en el Formulario $120
Medicamentos de Especialidad Usted paga el 40% de los Medicamentos de Marca y 51% para los Medicamentos Genéricos (limitado a un suministro de 30 días)
Después de que paga $4,850 de su bolsillo para medicamentos de la Parte D de Medicare, pasa a la "Etapa de Cobertura Catastrófica". Durante esta etapa, usted paga $2.95 para medicamentos genéricos o de marca preferidos que sean un medicamento de múltiples fuentes y $7.40 para todos los demás medicamentos, O 5% del costo total con un máximo que no supere el monto estándar de costos compartidos durante la etapa de cobertura inicial descrita en el gráfico anterior.

Auto-pagos de Salud y Bienestar para Jubilados

 

Tarifas de Auto-pago para 2018
  Solo Jubilados Dependiente sin Medicare Dependiente con Medicare Dependiente con Riesgo No Dependiente con Medicare 1 Dependiente con Medicare 1 Dependiente con Riesgo Más de 1 Dependiente con Medicare Más de 1 Dependiente con Riesgo
Jubilados con Medicare Advantage (RIESGO)
Kaiser $204 $804 n/a $416 $1.575 n/a $1.188 n/a $681
Jubilados con Medicare Coordinado
Indemnity $194 $720 $379 n/a $881 $541 n/a $508 n/a
Si se jubiló a partir del 1/1/2009 con 10 a 19 años de servicio
Kaiser $643 $1.294 n/a $873 $2.083 n/a $1.660 n/a $1.151
Indemnity $591 $1.169 $795 n/a $1.347 $972 n/a $937 n/a
Si se jubiló a partir del 1/1/2009 con 20 a 25 años de servicio
Kaiser $589 $1.188 n/a $801 $1.960 n/a $1.572 n/a $1.065
Indemnity $537 $1.063 $723 n/a $1.224 $884 n/a $851 n/a
Si se jubiló a partir del 1/1/2009 con 25 o más años de servicio
Kaiser $536 $1.082 n/a $728 $1.838 b.a $1.483 n/a $980
Indemnity $484 $957 $650 n/a $1.102 $795 n/a $766 n/a
Cónyuges Sobrevivientes
Jubilados con Medicare Advantage (RIESGO)
Kaiser $397 n/a n/a n/a n/a n/a n/a n/a n/a
Jubilados con Medicare Coordinado
Indemnity $388 n/a n/a n/a n/a n/a n/a n/a n/a
Jubilados sin Medicare con menos de 10 años de Créditos de Elegibilidad para Pensión y Jubilados antes del 1/jul/1994
Kaiser $1.126 n/a n/a n/a n/a n/a n/a n/a n/a
Indemnity $1.074 n/a n/a n/a n/a n/a n/a n/a n/a

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